Si eres cuidador no profesional de una persona en situación de dependencia que cobra una prestación económica puedes suscribir un convenio especial
Las solicitudes están disponibles en todas nuestras oficinas y en la página web de la Seguridad Social.
La cuota por el convenio la asume la Administración General del Estado. Esta cuota puede ayudarte a acceder a una pensión de jubilación, incapacidad permanente o muerte y supervivencia.
Si lo solicitas entre el 1 de abril y el 29 de junio, los efectos del convenio serán desde el 1 de abril.
Si lo solicitas después del 29 de junio, el convenio tendrá efectos desde que lo solicites.
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